Presentación
Uno de los propósitos fundamentales de la función de extensión en las instituciones de educación superior, es la de mantener los lazos de comunicación con la sociedad y con los sectores productivos de bienes y servicios. Esta situación, aunada a la creciente necesidad de actualizar el conocimiento a través de formas escolarizadas cada vez más flexibles y accesibles a los distintos sectores de la población, propician en gran medida el surgimiento de modalidades educativas como la Educación Continua y la Educación a Distancia.
Para responder eficazmente a las necesidades antes mencionadas, la Universidad Valle del Bravo, dentro de su Plan de Desarrollo Institucional, contempla a la educación continua como una de sus líneas estratégicas prioritarias, desarrollando en consecuencia el programa y los proyectos necesarios para el desarrollo de ésta modalidad.
El establecimiento de lineamientos para la educación continua en la UVB tiene como objetivo orientar el diseño, elaboración, etc., de este tipo de acciones académicas, unificando condiciones de duración, estructura, evaluación y gestión asegurando así su calidad y fortaleciendo la función.
Este documento se encuentra organizado en seis capítulos en los que se plantean aspectos generales de la educación continua; la clasificación, duración y forma de acreditación de los diplomados; las características de las constancias y diplomas que se expiden; las formas de organización; los procedimientos para la presentación, registro y autorización de propuestas de educación continua y la evaluación integral de la función.
Aspectos Generales
1.- Los presentes lineamientos serán de observancia general en cada uno de los campos del Sistema Valle del Bravo que ofrezca acciones académicas de educación continua.
2.- Los lineamientos para educación continua de la Universidad Valle del Bravo se establecen de conformidad con lo expresado en su Misión y Filosofía Institucionales y en el marco del programa de educación continua contenido en su Plan de Desarrollo Institucional 2000-2010.
3.- La Educación Permanente se refiere al proceso de aprendizaje durante toda la vida. Dentro de este marco general, la Educación Continua se orienta hacia la formación, actualización y capacitación de acuerdo a las necesidades laborales, personales y sociales del individuo a través de cursos, talleres, diplomados, conferencias y diversas acciones académicas.
4.- Los diferentes tipos de acciones académicas en educación continua se denominan de acuerdo a los objetivos educativos que se pretenden y las formas de trabajo que se desarrollen entre educador-educandos para el logro de estos. Se han definido en la Institución como acciones académicas de educación continua los siguientes:
• Curso
Acto educativo cuyo propósito es la adquisición de conocimientos nuevos o la actualización de los ya existentes sobre un área temática específica. Bajo la conducción de un especialista y con la combinación de diversas técnicas didácticas de trabajo individual o colectivo. Tienen una duración mínima de 20 horas, para obtener valor curricular.
• Seminario
Acto educativo enfocado a propiciar el aprendizaje de un grupo a partir de su propia interacción. Los participantes aportan al seminario sus conocimientos y/o experiencias en distintos temas. La mecánica consiste en el estudio previo e individual de material selecto, para su posterior discusión en sesiones grupales periódicas, coordinadas por un moderador. Algunos seminarios tienen como producto final un documento resultado de las reflexiones del grupo de participantes.
• Taller
Acto educativo cuyo propósito fundamental es el desarrollo de habilidades a partir de la realización de tareas específicas que dan lugar a un acercamiento vivencial de los conocimientos. Las tareas son propuestas por un especialista que acompaña a los participantes asesorándolos durante el proceso. Tienen una duración mínima de 20 horas, para obtener valor curricular. En el caso de talleres con propósitos de actualización estos tendrán una duración mínima de 8 horas.
• Mesa redonda
Acto educativo que tiene como propósito presentar información y opiniones sobre un mismo asunto desde ópticas distintas, mediante la participación de un grupo reducido de expertos que exponen y discuten sus ideas frente a un auditorio más numeroso, que posteriormente interviene haciéndoles preguntas y comentarios.
• Coloquio, Congreso, Foro, Jornadas y Simposio.
Grupo de actividades de difusión e intercambio de experiencias, de participación masiva, en torno a un tema específico. Pueden estructurarse con base en conferencias, mesas redondas, paneles, etc.
• Conferencias
Exposiciones orales, en ocasiones apoyadas con recursos audiovisuales, desarrolladas por un experto en el tema. Su propósito puede introducir un tema, transmitir contenidos teóricos, narrar experiencias.
• Diplomados
Estudios que se realizan para actualizar y profundizar los conocimientos, incorporarse a nuevos campos del saber científico y tecnológico y desarrollar o mejorar las habilidades, capacidades y destrezas de profesionistas, investigadores, académicos, técnicos e integrantes de la sociedad, con rigor académico y metodológico, y una estructura académica y administrativa diferente a la de estudios técnicos, profesionales y de posgrado.
Los programas educativos se estructuran en módulos. Se entiende por módulos a las unidades didácticas que abordan de manera integral un tema o materia de estudio y favorecen de manera lógica y secuencial la adquisición de conocimientos y el desarrollo de habilidades profesionales o docentes específicas. Tienen una duración mínima de 120 horas.
Es la única modalidad de educación continua a la que se le asigna valor en créditos.
5.- Las acciones académicas de educación continua podrán ser impartidas en diversas modalidades de interacción:
Formación Presencial: Cuando el experto docente y los asistentes a los cursos se encuentran en el mismo espacio físico desarrollando actividad simultáneamente en el mismo lugar.
Formación a Distancia Cuando el experto docente y los asistentes al curso no se encuentran en el mismo espacio físico y/o no hay coincidencia temporal en el desarrollo de la actividad.
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De la Clasificación, Duración y Acreditación.
6.- Las acciones acad émicas de educación continua que se impartan podrán ser clasificadas como:
De actualización profesional: Tienen como propósito el desarrollo y perfeccionamiento de habilidades, competencias profesionales y actitudes y que basado en la profundización de conocimientos existentes o de nuevos campos del saber científico y tecnológico, se dirige a profesionales, especialistas y técnicos en áreas especificas de la práctica profesional.
De actualización docente: Son aquellos que tienen el propósito de fortalecer las habilidades, competencias y capacidades docentes y la actualización de conocimientos en áreas específicas.
De extensión de la cultura: Son aquellos cuyo propósito esencial es actualizar y ampliar el conocimiento del público en general en las más diversas ramas del saber.
7.- Todos los diplomados tendrán una duración mínima de 120 horas considerando horas teóricas y prácticas, de las cuales una tercera parte deberá corresponder a horas prácticas, la duración máxima dependerá de la naturaleza de los trabajos a instaurar para la adquisición o fortalecimiento del conocimiento y de las habilidades que requieran los participantes a quienes se dirige el diplomado.
8.- Se reconocerá el valor en créditos a los alumnos que demuestren el logro de los objetivos de los diplomados de actualización profesional o de actualización docente.
9.- El valor en créditos de los diplomados se determinará de acuerdo a los lineamientos académicos institucionales aplicables a todos sus programas académicos.
10.- Para acreditar un diplomado es necesario aprobar cada uno de los módulos que lo integran.
11.- La calificación mínima aprobatoria en todos los programas de educación
continua es de 80.
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De las Constancias y Diplomas
12.- En todas las acciones académicas de educación continua se expedirán constancias de realización satisfactoria a quienes cubran la totalidad de los requisitos de evaluación y asistencia establecidos, excepto en los diplomados donde se expedirán diplomas.
13.- Para obtener diplomas de actualización profesional o docente y de extensión de la cultura, los participantes deberán cubrir la totalidad de los requisitos de evaluación y asistencia establecidos. Se asentará esta información en una carta compromiso que será firmada de conformidad por el participante, al momento de la inscripción.
14.- Para obtener diplomas de actualización profesional se requiere que los aspirantes cuenten con título profesional de áreas afines o que demuestren experiencia profesional equivalente en la materia más directamente relacionada con el diplomado, según lo establecido por la Coordinación de Posgrado y Educación Continua, con el fin de garantizar su carácter de actualización profesional.
15.- Para obtener diplomas de actualización docente se requiere que los aspirantes cuenten con título profesional de áreas afines y que demuestren experiencia en el ejercicio de la docencia.
16.- Quienes satisfagan los requerimientos académicos en cada uno de los módulos del diplomado, y no reúnan los requisitos establecidos respectivos, se les podrá extender una constancia de realización satisfactoria.
17.- Cada uno de los Campus del Sistema Valle del Bravo donde se realicen acciones académicas de educación continua contarán con un Libro de Registro en el que se asentarán los datos de todas las constancias y diplomas que expida, donde deberán asentarse los siguientes datos:
· Nombre del curso o diplomado.
· Fecha de expedición de las constancias o diplomas.
· Relación de los acreedores a las constancias o diplomas.
· Número de folio de cada constancia o diploma.
18.- Las constancias de realización satisfactoria en cursos de educación continua que expida la Universidad Valle del Bravo contendrán los siguientes elementos y datos:
a) Logotipo de la Universidad.
b) Nombre de la Universidad y dependencia que otorga la constancia.
c) Nombre y tipo de curso.
d) Nombre del acreedor de la constancia.
e) Duración total en horas.
f) Periodo de impartición.
g) Requisitos de evaluación cumplidos por el participante
u objetivo logrado.
h) Nombre y firma del responsable de educación continua
y del Vicerrector del Campus que impartió el curso.
i) Número de folio.
j) Fecha de expedición.
19.- Los diplomas que expidan los centros de educación continua contendrán los siguientes elementos y datos:
a) Logotipo de la Universidad.
b) Nombre de la Universidad y dependencia que otorga el diploma.
c) Nombre y tipo del diplomado.
d) Nombre del acreedor al diploma.
e) Duración total en horas.
f) Periodo de impartición.
g) Requisitos de evaluación cumplidos por el participante
u objetivo logrado.
h) Nombre y firma del responsable de educación continua
y del Vicerrector del campus que impartió el diplomado.
i) Número de folio.
j) Fecha de expedición.
k) Texto señalando que el diploma no sustituye a los diplomas de especialización, ni al título o cédula profesional.
Al reverso o en hoja aparte deberá consignarse, como constancia de acreditación del diplomado:
l) Nombre de la Universidad y dependencia que otorga el diploma.
m) Nombre y tipo del diplomado.
n) Nombre del acreedor al diploma.
o) Duración total en horas.
p) Periodo de impartición.
q) Fecha de expedición.
r) Nombre y firma del responsable de servicios escolares
y del responsable de educación continua.
s) Nombre, duración y calificación de cada uno de los módulos.
t) Libro de Registro en el que se asentaron los datos.
u) Texto señalando que el diploma no sustituye a los diplomas de especialización, ni al título o cédula profesional.
20.- En el caso de los diplomados de educación continua que organice la Universidad de manera conjunta con otros organismos o instituciones, además de los elementos citados anteriormente, deberá consignarse el nombre de las instituciones participantes, así como su logotipo y las firmas de los correspondientes responsables.
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De la Organización
21.- Los Campos del Sistema Valle del Bravo donde se impartan programas de educación continua contarán con uno o más Comités Asesores presididos por el responsable de educación continua en el Campus, integrados por especialistas de reconocida experiencia en el área académica o materias afines. Para su conformación podrán apoyarse en los cuerpos colegiados existentes en la Institución así como en los Coordinadores de Área Académica. Podrá fungir como coordinador académico de cursos o diplomados algún miembro de la Academia o alguno de los instructores del programa que acredite su experiencia y conocimiento y que sea reconocido en el medio de donde provengan los candidatos a cursar el programa.
22.- Los Comités Asesores de acciones académicas de educación continua
y los Coordinadores Académicos tendrán las siguientes funciones:
a. Apoyar en los trabajos de identificación de necesidades de formación y actualización en el área correspondiente.
b. Apoyar al coordinador de educación continua en la propuesta y calificación de especialistas para la impartición de temas de las acciones académicas.
c. Sugerir estrategias pedagógicas que favorezcan el logro de los objetivos planteados.
d. Proponer contenidos temáticos que garanticen la calidad, pertinencia y actualidad de los cursos y diplomados que imparta el Campus.
23.- El Coordinador de Educación Continua tendrá las siguientes funciones:
a. Asignar a los docentes y a los expertos competentes para la impartición de los cursos, módulos y temas correspondientes,
regular su integración en grupos de trabajo, coordinar y programar su participación.
b. Definir estrategias para la difusión y la instrumentación de los cursos de educación continua en función de la ubicación y características de los interesados potenciales.
c. Supervisar el cumplimiento de los objetivos de cada curso.
d. Vigilar el proceso de evaluación de los educandos y de los docentes que realizan acciones académicas bajo su coordinación.
e. Formular la propuesta oficial de contenidos temáticos de los cursos y diplomados apoyándose en el Coordinador Académico asignado.
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De la Presentación, Registro y Autorización de Acciones de Educación Continua.
24.- El Coordinador de Educación Continua turnará las propuestas de cursos y diplomados a la Vicerrectoría del Campus correspondiente para su revisión, quien a su vez las remitirá a la Dirección General Académica para su registro y autorización.
25.- Cuando se trate de cursos y diplomados ya registrados y autorizados con anterioridad la Coordinación de Educación Continua deberá dar a conocer su programación anual de cursos con el visto bueno de la Vicerrectoría.
26.- La presentación de cualquier propuesta de actos de educación continua deberá contener los siguientes datos:
Datos generales:
· Nombre del curso o diplomado.
· Tipo de acto académico (curso, seminario, taller, diplomado,etc.)
y su clasificación si se trata de un diplomado.
· Dependencia que lo propone.
· Área académica a la que pertenece.
· Coordinador Académico.
· Público al que va dirigido (profesionistas, académicos, trabajadores, etc.)
· Duración total en horas.(desglosado en horas teóricas y prácticas, si se trata de diplomados)
· Fecha de inicio y término.
· Cupo mínimo y máximo: garantía de viabilidad y calidad académica.
· Cuota de inscripción.
· Cuota de recuperación.
· Sede donde se llevará a cabo (domicilio, teléfono, correo electrónico, ciudad, etc.)
· Calendario de operación.
· Profesores propuestos para impartir los cursos, temas o módulos, anexando su currículo.
Información académica
· Fundamentación: Pertinencia, necesidades a las que responde, oportunidad y viabilidad.
· Objetivo general.
· Requisitos de ingreso.
· Perfil de egreso.
Estructura del plan de estudios:
· Mapa curricular y cartas descriptivas de cada uno de los módulos en el caso de los diplomados.
· Temario y carta descriptiva en el caso de las demás modalidades de educación continua.
· Requisitos de acreditación, obtención de constancias o diplomas.
27.- Para las acciones académicas de educación continua que se impartan en la modalidad a distancia deberá incluirse además de los datos ya mencionados, la siguiente información:
· Medios de comunicación y formas de interacción entre la Institución y los docentes con los participantes.
· Estrategias de asesoría académica
· Estrategias de evaluación académica a distancia
· Requerimientos de infraestructura tecnológica de las sedes de emisión y recepción.
· Nombre de la persona que brinda el apoyo académico en cada sede y la descripción básica de las funciones facilitadoras del proceso educativo.
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De la Evaluación Integral
28.- La Coordinación de Educación Continua establecerá estrategias y procedimientos de evaluación integral que incluya los siguientes aspectos:
· Estructura curricular del programa.
· Aprendizaje de los participantes.
· Desempeño docente.
· Materiales de apoyo.
· Organización y operación del curso.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Los presentes lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Consultivo. 1
1 La fecha de aprobación por el Consejo Consultivo fue el día 30 del mes de Octubre del año 2003. |